Penalizaciones en temas de facturación y aumento de algunos impuestos, son algunos de los cambios en Hacienda y así podría impactar a las PyMEs
El 2020 se ha convertido en un año que promete ser un avance en materia de tecnología y experiencia, pero también será de atención en el manejo de las finanzas, sobre todo para las PyMEs.
Además del aumento en el impuesto por compra de cigarros, refrescos y gasolina, este año hay que tener especial cuidado con el sello digital.
SELLO DIGITAL
Actualmente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cancela el sello digital cuando se actualiza alguno de los cuatro supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X, del CFF ¿Qué es eso? Hablemos en español, y es que esta fracción se refiere a:
- Cuando en el mismo ejercicio fiscal el contribuyente no presenta tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas
- Si durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localiza al contribuyente o éste desaparece
- En caso de que el SAT no encuentre al contribuyente en su domicilio fiscal al ejercer sus facultades de comprobación, si éste desaparece, o sus comprobantes fiscales amparan operaciones inexistentes
- Cuando el contribuyente cometa infracciones como las descritas en los artículos 79, 81 y 83 del CFF, que son infracciones relacionadas con el registro federal de contribuyentes.
Pero esta propuesta fue modificada en el Congreso de la Unión, por lo que agrupó los cuatro supuestos actuales junto con estos seis nuevos:
- En caso de que el SAT detecte que el titular del sello digital se ubica en el listado definitivo de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes
- Si las personas físicas o morales dieron efecto fiscal a los comprobantes expedidos por un contribuyente incluido en el listado definitivo
- Cuando el domicilio fiscal del contribuyente no cumpla con los supuestos del artículo 10 del CFF
- Si los ingresos declarados e impuestos retenidos no concuerdan con los señalados en comprobantes y expedientes del SAT
- En caso de que los datos de contacto en el buzón tributario no sean correctos
- Cuando no se desvirtúe la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales
El supuesto relacionado con las declaraciones continúa, aunque fue modificado para agregar que también perderá el sello cuando el contribuyente omita la presentación de la declaración anual, o de dos o más declaraciones provisionales o definitivas consecutivas.
Con esto aumentarán los detalles por los que se pueden cancelar los certificados de sello digital, pero se implementará un proceso de audiencia antes de que el SAT realice la cancelación.
RECIBOS DE NÓMINA
Este será un tema en la mesa, debido a que existirá mayor vigilancia en la expedición de los recibos de nómina o pago por honorarios, a partir de este año se tendrá que integrar el concepto de subsidio al empleo, aunque aparezca en cero.
Se les exigirá a las empresas mayor transparencia en el pago del IVA cuando contraten a una empresa outsourcing.
Esto quiere decir que las empresas deberán pagar el 16% correspondiente a la contratación de estos servicios, lo que podría impactar en los beneficios del trabajador, esto se verá reflejado en la carga fiscal de las PyMEs de manera directa.
Esto también impactará en la contratación de estos servicios, lo que podría incrementar los índices de desempleo en el país.
La labor del outsourcing tiene que ver con hacer más eficientes los procesos operativos de los negocios, además disminuye costos administrativos y reduce gastos por subcontratación, sobre todo en términos temporales.
EMPRESAS FACTURERAS
Una de las penalización más mencionadas es la relacionada con la contratación de empresas factureras, mismas que son utilizadas para amparar o generar operaciones inexistentes con la finalidad de reducir gastos.
Respecto a esta línea, en diciembre se dio a conocer por parte del titular de Haciendo, Arturo Herrera, que siete empresas decidieron corregir su situación por compra de facturas falsas y pagaron más de 2 mil millones de pesos al SAT. La Reforma Penal – Fiscal entra en vigor en enero del 2020.
NO TODO SON MALAS NOTICIAS
Así es, respira, después de todo lo que acabas de leer, no queremos que desistas en tu camino por las PyMEs por el contrario, esta fase será de perfección en los procesos y de oportunidad para quienes busquen el crecimiento.
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