¿Has escuchado el término AFORE? ¿Sabes qué significa o cómo se calcula?
Bien, la Administradora de Fondos para el Retiro o mejor conocida como AFORE, según el artículo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro da su definición como:
“Entidades financieras constituidas como sociedades mercantiles que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de las leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de inversión”.
Al comenzar tu vida laboral, la AFORE te abrirá una cuenta personal donde se acumularán las aportaciones que tanto tu patrón como tú, depositan mes a mes. Dicha aportación se calcula de acuerdo a tu salario. Si no conoces en dónde está tu AFORE entra a e-SAR.
Ahora bien, es importante conocer que cada Afore se subdivide en cuatro subcuentas, ¿cuáles son?:
1) Retiro, Vejez y Cesantía, estas aportaciones se dividen en:
- El patrón: bimestralmente aporta 2% del salario base de cotización para el retiro y 3.15% del salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.
- El gobierno federal, cuya aportación ocurre bajo el concepto de Cuota Social, que aporta el 0.225% del salario base de cotización por cesantía, edad avanzada y vejez de manera bimestral y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general.
- El trabajador, aportará bimestralmente el 1.125% sobre el salario base de cotización *
*Información de gob.mx
Lo que nos da un total de 6.5% entre las tres.
2) Aportaciones voluntarias.
¿Sabías que solo el 5.7% de los mexicanos realiza aportaciones voluntarias?
En este apartado se considera el ahorro voluntario del trabajador, es decir, el trabajador deposita voluntariamente dinero a su AFORE. Al hacer estas aportaciones se cuenta con grandes beneficios porque se lograrán mayores rendimientos y beneficios fiscales, en México, en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) se establece que todas las personas pueden hacer deducibles de impuestos las aportaciones voluntarias y complementarias en su AFORE.
Para poder hacerlo deducible, debes tomar en cuenta lo siguiente:
- El límite deducible cambia año con año y se actualiza de acuerdo con las variaciones del salario mínimo, por lo que el monto deducible tiende a la alza con el paso del tiempo.
- Si al término de un tiempo decides retirar el dinero del fondo, deberás pagar el impuesto correspondiente de dicho ahorro, con tasas no mayores a las que se encontraban vigentes al momento de que iniciaste tu inversión.
También se tiene la posibilidad de retirar el dinero antes de tiempo, ojo aquí, solo se podrá retirar lo correspondiente a las aportaciones voluntarias.
Estas aportaciones pueden ser de la cantidad que el trabajador desee, es decir, no hay montos máximos o mínimos y puede hacerlas directamente o bien pedirle a su jefe que se realice un descuento de su sueldo.
3) Vivienda.
¿Has escuchado hablar del Infonavit o Fovissste? Bueno, en esta subcuenta, el patrón realiza las aportaciones cada dos meses y es el equivalente al 5% del salario base de cada trabajador.
Este saldo puede ser utilizado para adquirir un crédito para la vivienda a través de los Institutos ya mencionados, si te preguntas, ¿qué sucede con ese dinero si nunca solicitaste un crédito? Son fondos que pueden utilizarse para el retiro.
4) Aportaciones complementarias.
El objetivo de esta subcuenta es generar rendimiento al ahorro, son aportaciones que se pueden realizar en cualquier momento por el patrón o empleado; la diferencia de estas aportaciones a las aportaciones voluntarias es que estas, se pueden retirar hasta que se hayan cumplido 65 años.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de rendimiento? Bien, las AFORE dan un rendimiento muy atractivo a diferencia de otras alternativas (cetes, dólares, sociedades de inversión) debido a que se invierte a mediano y largo plazo.
Recuerda que a mayor plazo de inversión, menor liquidez, pero mayor rendimiento, además, dichas inversiones se miden a diario para que no se conviertan en inversiones riesgosas.
EJEMPLO:
Ya que conoces cómo se subdivide tu AFORE, vamos a darte un ejemplo más claro:
Supongamos que tu salario bruto mensual son $15,000 MXN
- El patrón: bimestralmente aporta 2% para el retiro y 3.15% del salario para cesantía en edad avanzada y vejez, lo que nos da $300 y $472.5, correspondiente a un total: $772.5
- El gobierno federal aporta el 0.225% y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general que al día de hoy es $172.87, lo que nos da un total de $33.75 y $9.5
- Tú, aportarás bimestralmente el 1.125%, es decir, $168.75
Lo que nos da un total de $984.5 que se están aportando bimestralmente a tu AFORE
Es importante recordar que otro 5% que paga el patrón va a tu subcuenta de vivienda, pero supongamos que nunca decides solicitar un crédito para obtener una casa, $750 MXN adicionales estarían yendo a tu fondo de retiro bimestralmente.
Sabemos que es un tema al cuál no se le toma la importancia que debería y además, es muy amplio, en Creze, consideramos que conocer a la perfección tanto tus derechos como obligaciones te abrirá un panorama de posibilidades tanto como empleado, como patrón.
Si tienes alguna duda de cómo revisar tu AFORE, te recomendamos entrar a e-SAR.com, aquí, podrás averiguar en qué AFORE estás dado de alta y posteriormente acercarte a tu AFORE asignada para conocer tu plan de retiro y el monto con el que cuentas hasta el día de hoy.
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