¿En qué consiste el impuesto propuesto a productos digitales?

¿En qué consiste el impuesto propuesto a productos digitales?

Fue en octubre del año pasado cuando el grupo parlamentario del PRD en el Senado propuso gravar los servicios y productos digitales. Y si bien la iniciativa no prosperó en su momento, el tema ha vuelto a la mesa de discusión en voz de los diputados de MORENA, quienes no solo ven la conveniencia que representa para el gobierno captar nuevos ingresos, sino que también responden a la coyuntura internacional: hoy, decenas de países también sopesan establecer un impuesto similar a raíz de la cumbre del G-20 llevada a cabo en Osaka, Japón.

¿Qué es lo que se expuso durante esta cita?

De manera general, los ministros de finanzas participantes coincidieron en que las grandes empresas se aprovechan de las lagunas legales que existen en materia tributaria, pagando menos impuestos de los que deberían a pesar de las cuantiosas sumas de dinero que obtienen. Uno de los acuerdos derivados de la reunión fue realizar un diagnóstico sobre un eventual acuerdo global sobre impuestos digitales, aunque por ahora cada país cuenta con total libertad para imponer gravámenes de este tipo. 

El ejemplo galo

La delantera ya la lleva Francia, primer país de la Unión Europa en crear un impuesto del 3% a aquellas compañías que facturan 25 millones de euros en su territorio. De acuerdo con sus estimaciones, únicamente 30 empresas alcanzan esa cifra y pagarán el impuesto, entre las cuales destacan los gigantes americanos Google, Amazon, Facebook y Apple. Desde luego, el gravamen fue interpretado por Donald Trump como una afrenta a su país, y en respuesta pretende implementar medidas arancelarias contra productos franceses. Así, el eventual acuerdo internacional ya cuenta con un importante rival y detractor mucho antes siquiera de nacer.

En el caso de México

Ya revisamos el contexto internacional en el que se inserta este potencial nuevo impuesto; ahora revisaremos cuáles son los pormenores de la propuesta de ley presentada a principios de septiembre por Alfonso Ramírez Cuellar:

La iniciativa: A grandes rasgos, el proyecto consiste en un cobro del IVA a todas las transacciones realizadas por servicios digitales, pues las empresas extranjeras sin establecimiento permanente en México no pagan impuestos por sus operaciones. 

El método: De acuerdo con Ramírez Cuellar, de promulgarse esta ley no se estaría creando un impuesto nuevo, sino estableciendo un mecanismo para que el IVA se cobre de manera correcta a la compañía y que no se vea afectado el consumidor final.

Los involucrados: Algunas de las empresas que deberán ajustarse a esta nueva medida serían Uber, AirBNB, Amazon, MercadoLibre o Spotify, por mencionar a las más populares. 

La cantidad: Los analistas consideran que, de entrar en vigor este impuesto a las transacciones digitales, la Secretaría de Hacienda estaría recibiendo alrededor de 10 mil millones de pesos al año. Y aunque el BID (Banco Interamericano de Desarrollo) ha expresado que la recaudación aún es modesta, puntualiza que crecerá de manera exponencial a medida que el comercio electrónico se consolide y desarrolle cada vez más, algo que da por sentado.

A medida que se acerque la fecha de su discusión y aprobación final del nuevo impuesto se sabrá en qué porcentaje se hará el cobro, si además del IVA habrá un ISR y –sobre todo– si el consumidor final no verá afectado su bolsillo.

Para conocer todo esto y más habrá que esperar a 2020.

Imagen: Designed by Freepik

Sin comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *